Salario Mínimo prima
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Valor TOTAL que debe recibir en JUNIO si gana salario mínimo 2026: Cálculo prima y prestaciones

La prima de servicios tiene como fecha límite de pago el 30 de junio. Le contamos cómo liquidarla.

La prima de servicios es la prestación social que le otorga a los empleados formales un mes de salario por año laborado, pago que se divide en dos, la mitad en junio y la otra mitad en diciembre. Este pago en favor del empleado es obligatorio y a mitad de año tiene como fecha límite el 30 de junio, a fin de año tiene como fecha límite de pago el 20 de diciembre.

¿Cuáles son los trabajadores que reciben prima de servicios? Todo aquel trabajador dependiente con contrato laboral y con prestaciones de ley, allí también entran los servidores públicos. Pero ojo, ni los contratistas ni los trabajadores independientes poseen este beneficio. En cambio, los trabajadores que trabajan por días sí tienen este derecho, aunque la liquidación es proporcional a los días laborados.

La fórmula para calcular la prima es muy sencilla, solo debe multiplicar el salario base por los días laborados y el resultado dividirlo entre 360. Recuerde que, en el salario base se incluyen bonificaciones, recargos y el auxilio de transporte. Así usted haya ingresado a laborar en junio, el 30 le deben liquidar de prima los días que trabajó hasta esa fecha.

¡Pilas! En caso de que el empleador no reconozca la prima de servicios, entrará en mora, por lo que incluso el empleador se vería en la obligación de indemnizar al trabajador con un día de salario por cada día de retraso.

¿Cuánto debe recibir de prima en junio si gana el salario mínimo?

El salario mínimo en Colombia subió este 2026 en 23.7%, lo cual lo dejó en $1.750.905, además, el subsidio de transporte se ubicó en $249.095, lo que indica que, en total, quedó en $2 millones.

Para efectos de la prima, se debe tener en cuenta que el auxilio de transporte también entra en la liquidación. En ese orden de ideas, si la persona laboró durante los 180 días, de enero a junio, su prima será de $1.000.000 más las bonificaciones o recargos que tenga.

En caso de que el sueldo supere los 2 millones y además no haya laborado durante los 180 días, entonces deberá aplicar la fórmula anteriormente mencionada.

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