Las pensiones en Colombia pueden ser por vejez, invalidez o de sobrevivientes. En el caso de la pensión por invalidez, esta puede darse cuando el afiliado o el pensionado sufre un accidente o una enfermedad que limita su capacidad laboral en un 50% o más. Para acceder a la pensión de invalidez, la persona debe presentarse ante el Fondo en el que está afiliado, luego recibir la valoración y posteriormente esperar la decisión del fondo de pensiones, la cual puede demorar hasta 4 meses.
Si se reconoce la pensión de invalidez, el fondo se encargará de incluso en la nómina de pensionados a donde llegará la mesada y las respectivas primas. En cuanto a la pensión de sobrevivientes, esta se reconoce cuando un pensionado o un afiliado fallece y a esta pueden acceder sus beneficiarios, ya sea sus hijos, padres a cargo o su cónyuge.
Pensión de sobrevivientes: ¿cuáles son los requisitos para recibirla?
Para recibir la pensión de sobrevivientes, el afiliado “debió haber cotizado como mínimo 50 semanas dentro de los 3 últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Estas cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas”.
Si hay cónyuge e hijos, se “otorgará 50% para el cónyuge y el otro 50% se dividirá entre los hijos”. En cambio, si existió una sociedad conyugal y una segunda relación o posterior, “el valor de la pensión se dividirá en relación al periodo convivido”, indica la ley.
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