Indemnización sustitutiva Colpensiones

Imagen: Getty Images - Colpensiones

Colpensiones: Requisitos para retirar sus aportes sin cumplir el número mínimo de semanas

Existe un caso en el que usted puede solicitar el reclamo de su ahorro acumulado sin tener las semanas de cotización de la pensión por vejez.

jriano
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Para poder retirarse por vejez en Colombia es necesario cumplir con la edad mínima (57 años en mujeres y 62 en hombres) y la cantidad semanas de cotización que determina la ley. Por otro lado, existen alternativas de jubilación para aquellos trabajadores que no alcanzan este derecho al no tener alguno de los requisitos legales.

Un ejemplo de ellos es el programa BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) que consiste en un ahorro flexible y regular. Esta opción está dirigida a aquellos que no tienen un trabajo estable y no cuentan con un ingreso de al menos un salario mínimo mensual ($1.423.500) en Colombia. Gracias a esta posibilidad, hay quienes pueden completar sus semanas de cotización y posteriormente recibir un ingreso por vejez, cobijado por Colpensiones.

Sin embargo, existe otra opción que contempla este fondo de pensiones para aquellos que desean disponer de sus ahorros. Se trata de la indemnización sustitutiva, una alternativa en la que un afiliado puede solicitar el retiro de su dinero sin haber cumplido las semanas mínimas.

¿Qué necesita para retirar su dinero en Colpensiones?

Esta opción está dirigida a aquellos afiliados que cumplieron la edad mínima de pensión, pero que no cumplen con el requisito de cotización. Consiste en la “devolución de aportes sobre los aportes efectuados al Régimen de Prima Media (RPM) con Prestación Definida”, según explica la entidad.

La institución pública estableció esta oportunidad como una solución ante casos excepcionales en los que un usuario no puede realizar más aportes. Por medio de la entrega del dinero ahorrado al solicitante, los usuarios pueden utilizar estos recursos como dispongan para tener una mejor calidad de vida en su vejez. Los requisitos para realizar el trámite son los siguientes:

  • Ser afiliado al RPM.
  • Haber cumplido los requisitos de edad: 57 años en mujeres y 62 años en hombres.
  • No tener el número mínimo de semanas cotizadas exigidas por la ley.

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En caso de necesitar esta diligencia es importante reunir la documentación respectiva y formalizar la solicitud ante la entidad pública. Funcionarios de Colpensiones estudiarán todos los requisitos y documentos para enviar una respuesta en los tiempoos establecidos para determinar si se aprueba o se niega la petición.

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