Pensión de invalidez

Crédito: Getty- Colpensiones

¿Cómo se pensiona por invalidez en Colpensiones? Valor que recibiría en 2025

Esto es lo que indica Colpensiones con respecto a la pensión de invalidez y cómo se liquida.

jcarreno
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Las pensiones son un tema que se está tocando mucho durante este 2025 sobre todo por la aprobación de la reforma que su entrada en vigencia aun está en manos de la Corte Constitucional, que actualmente la está revisando. Recordemos que esta busca cambiar de un sistema con dos regímenes: el de Prima Media administrado por Colpensiones y el de Ahorro Individual con Solidaridad de las Administradoras de Fondos de Pensiones privados.

La reforma pensional plantea un sistema de cuatro pilares, donde los principales beneficiarios son aquellos adultos mayores que llegaron a la edad de pensión sin poder acceder a una. No obstante, las condiciones para llegar a una pensión se mantienen en sus diferentes tipos.

Las personas en Colombia se pueden pensionar por: vejez, invalidez y también existe la pensión de sobreviviente, que es cuando el cónyuge o hijos son beneficiarios de la pensión de un afiliado o pensionado que falleció, según lo estipulado por ley.

En cuanto a la pensión por vejez, recordemos que esta se consigue cuando el trabajador alcanza las 1.300 semanas cotizadas y la edad, que es de 57 años para las mujeres y de 62 para los hombres.

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Colpensiones: ¿cómo se liquida la pensión de invalidez y quiénes la reciben?

 

De acuerdo con los artículos 38 y 39 de la ley 100 de 1993, la pensión de invalidez se da cuando “la persona que, por cualquier causa accidental de origen no profesional, pierda el 50% o más de su capacidad laboral”.

Desde Colpensiones aclaran que para liquidar la pensión de invalidez de un afiliado se debe utilizar el siguiente calculo basados en la edad:

  • Menores de 20 años: haber cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.
  • A partir de los 20 años: haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del estado de invalidez.
  • Por semanas cotizadas: cuando el afiliado haya cotizado el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la Pensión de Vejez, solo se requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos tres (3) años.

Además, cabe resaltar que, por ley, la mesada mínima de una pensión en Colombia equivale a un salario mínimo vigente. Ninguna persona que cumpla con los requisitos de pensión de invalidez podrá recibir menos de esa cantidad.

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