El impuesto predial unificado es aquel gravamen que se presenta sobre la propiedad de un bien inmueble, el cual se genera por la existencia de este. El monto a pagar depende del avalúo catastral y este se paga a las secretarías de Hacienda de los municipios y ciudades del territorio colombiano. Es una obligación de cada propietario y estos pagos se constituyen como rentas para cada municipio, que se encarga de su recaudo, administración y control.
Como es bien conocido, el impuesto predial se paga de manera anual y cuenta con unas fechas específicas donde se puede pagar con descuentos y libre de intereses. Es importante mantener al día esta obligación porque de lo contrario podría caer en procesos de cobros coactivos y hasta en medidas cautelares como embargos.
De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, el impuesto predial, se puede utilizar para:
Desde la Alcaldía de Cali han recordado a todos los contribuyentes de impuesto predial que, hasta el próximo 30 de septiembre, el impuesto se podrá pagar sin intereses. Recuerde que los puntos de recaudo son:
Le puede interesar: ¿Cuáles son las deducciones que se pueden hacer en el impuesto de Renta? Experto analiza
¿Cuáles son las deducciones que se pueden hacer en el impuesto de Renta? Experto analiza
Para descargar el impuesto predial, usted puede ingresar a https://www.cali.gov.co/hacienda/publicaciones/102005/pago-en-linea-factura-de-impuesto-predial-y-valorizacion-y-megaobras/ y filtrar por ID de predio. Luego debe seleccionar el botón de continuar y su transacción podrá realizarse, si así lo desea, totalmente en línea.
Verifique la información de su documento antes de finalizar la transacción, los pagos que se apliquen desde las 5 de la tarde o fines de semana, se verán reflejados hasta el siguiente día hábil.
© CARACOL S.A. Todos los derechos reservados.
CARACOL S.A. realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados.