En Colombia muchas personas tramitan la licencia de conducción para poder manejar un vehículo, según su presupuesto, intención, entre otras cosas. El Ministerio de Transporte expidió una resolución que establece condiciones y aspectos claros para emitir los permisos que autorizan que una persona está en la capacidad de maniobrar un automotor.
Se trata de la Resolución 0217 de 2014, documento público que “reglamenta la expedición de los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz para la conducción de vehículos y se dictan otras disposiciones”. Estas condiciones rigen para todos los ciudadanos de territorio nacional, y es necesario su total cumplimiento para evitar problemas a futuro o eventuales accidentes.
Dichos lineamientos tienen que ser acatados por los Centros de Reconocimiento de Conductores. Estas instituciones de enseñanza capacitan y reconocen a los candidatos como personas aptas para conducir. Ellos deben pasar las pruebas teóricas, prácticas, así como los exámenes médicos.
El artículo 18 de la respectiva resolución indica que los aspirantes a sacar este permiso legal deben cumplir con ciertos documentos y requisitos. Este apartado de la norma expresa que las condiciones físicas en términos motrices, visuales, mentales, auditivos y físicos son los siguientes:
Expresado lo anterior, las principales limitantes que no permiten la renovación de la licencia de conducir son las siguientes:
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