Pico y placa Bogotá

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Pico y placa en Bogotá; así regirá la medida de restricción vehicular del 12 al 18 de mayo

Conozca los horarios no permitidos de circulación para vehículos particulares, a menos que tenga autorización del pico y placa solidario.

jriano
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El pico y placa es la medida de restricción vehícular, en la que no pueden circular algunos vehículos particulares, durante gran parte del día. Esta medida tiene como propósito regular la cantidad de automotores que transitan por la ciudad, y evitar congestión en las principales vías de la capital.

En Bogotá, esta normativa aplica para los carros con placas terminadas en cinco dígitos, dependiendo del día, debido a la gran cantidad de automotores. Así es como funciona la medida en la capital del país, a diferencia de otras ciudades, que rigen por menos dígitos por la menor densidad vehícular. 

La norma de vialidad comienza a las 6:00 AM hasta las 9:00 PM del mismo día, en que algunos vehículos no pueden transitar, según su último número de placa. El pico y placa rige entre semana de lunes a viernes, menos los días festivos y sábados, aunque en algunos días feriados se habilita la medida a nivel regional. Esta disposición se realiza con el fin de evitar la congestión en las principales entradas víales de Bogotá.

Pico y placa en Bogotá del 12 al 18 de mayo de 2025

Lunes 12 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Martes 13 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 14 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 15 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

Viernes 16 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Multas y sanciones por violar la norma

Es importante mencionar que los conductores que transiten en horarios no permitidos, se exponen a multas económicas y la inmovilización del vehículo. De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, quebrantar esta norma está tipificada como la infracción C14.

Si un ciudadano infringe esta norma y recibe el comparendo de la Policía de Tránsito, deberá pagar una sanción económica que corresponde a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Es decir, $711.750 pesos colombianos, más los gastos de grúa y patios que esto conlleva.

Vehículos exentos del pico y placa

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
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