Pico y placa Cali

Imagen: Alcaldía de Cali

Pico y placa en Cali; así regirá la medida de restricción del 19 al 23 de mayo de 2025

Conozca el día en el que su vehículo no puede circular por las calles de la capital del departamento del Valle del Cauca.

jriano
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El pico y placa es una medida de restricción vehicular que impide la circulación de carros particulares, durante un periodo determinado de tiempo. El impedimento se realiza con base en el último número de placa, con el que está registrado cada vehículo.

Esta norma de tránsito tiene como objetivo reducir la congestión víal, mantener y mejorar la movilidad, bajar los niveles de dióxido de carbono, entre otros. Durante estas 13 horas, las autoridades de cada ciudad están en disposición de sancionar e imponer multas a cada infractor que viole esta y otras medidas.

En la capital del Valle del Cauca, la medida inicia desde las 6:00 AM hasta las 7:00 PM de lunes a viernes. Esta restricción no aplica los días sábado, domingo, ni festivos, lo cual habilita la circulación de todos los vehículos particulares.

Pico y placa en Cali del 19 al 23 de mayo de 2025 

  • Lunes 19 de mayo: no pueden transitar vehículos con placa terminada en 5 y 6.
  • Martes 20 de mayo: no pueden transitar vehículos con placa terminada en 7 y 8.
  • Miércoles 21 de mayo: no pueden transitar vehículos con placa terminada en 9 y 0.
  • Jueves 22 de mayo: no pueden transitar vehículos con placa terminada en 1 y 2.
  • Viernes 23 de mayo: no pueden transitar vehículos con placa terminada en 3 y 4.

Vale mencionar que incumplir esta norma significa que un conductor esté en riesgo de ser sancionado bajo la infracción C14 del Código Nacional de Tránsito. Esta multa equivale a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, junto a la inmovilización del vehículo. Esto quiere decir que el infractor deberá pagar una multa de $711.750 pesos colombianos, más los gastos de grua y patios.

Vehículos exentos del pico y placa en Cali

  • Vehículos híbridos y eléctricos.
  • Vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas según su licencia de tránsito.
  • Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación.
  • Motocicletas
  • Todos los vehículos con placas oficiales, diplomáticos y consulares.

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