Pensión policías
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Servicio

¿A qué edad se pensiona un policía en Colombia 2026? Requisitos, edad y años de servicio

El Decreto 4433 de 2004 establece los parámetros para que los miembros de la institución puedan solicitar su jubilación.

Los miembros de la Policía Nacional de Colombia hacen parte de las Fuerzas Militares que cuentan con múltiples funciones de seguridad y orden público. Así como sucede con millones de trabajadores de otro tipo de profesiones o campos productivos, estas personas también cuentan con su reglamentación pensional.

Después de varios años de servicio dentro de la institución y aportes al sistema pensional pueden solicitar su debida jubilación por vejez. De esta manera, pueden disfrutar de un merecido descanso en el cual disfruten su vida como ciudadanos civiles en compañía de su familia, enfocando su tiempo en otras actividades.

Como sucede también con su salario, sus funciones y sus limitaciones que se establecen mediante decretos públicos, su derecho al retiro también está reglamentado de esta manera. El Decreto 4433 de 2004 es el documento en el cual se establece los parámetros y requisitos legales para que un policía pueda pedir su retiro y asignación de su pensión.

Requisitos para que un policía se pueda jubilar

Años de servicio al interior de la Policía Nacional, edad mínima de retiro y aportes a pensión dentro de un fondo de pensiones son los principales puntos a tener en cuenta. De acuerdo con el artículo 25 de la norma, esto aplica para quienes fungen como Oficiales y personal del Nivel Ejecutivo. Para poder solicitar la jubilación es importante cumplir con los siguientes requisitos.

  • Tener el registro de 20 años de servicio dentro de la institución.
  • Tener mínimo 55 años de edad si es hombre o 50 años para las mujeres.
  • Haber realizado los aportes de pensión y seguridad social durante el tiempo en el que estuvo dentro de la Policía en los cargos por los que pasó.
Miembros Policía Nacional de Colombia. Imagen: Getty Images

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“También tendrán derecho al pago de asignación mensual de retiro, en las condiciones previstas en este artículo, los oficiales, y los miembros del Nivel Ejecutivo que se retiren por solicitud propia, siempre y cuando tengan veinte (20) años de servicio a la Policía Nacional, y hayan cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad los hombres y cincuenta (50) años de edad las mujeres”, señala el parágrafo 1 del artículo mencionado.

Para revisar cuantos aportes a pensión tiene acumulados en su historia laboral puede consultar con el fondo en el cual se encuentra afiliado. De esta manera puede tener un panorama puntual y hacerle una revisión periódica durante su tiempo en servicio hasta que llegue el momento de solicitar su jubilación por vejez.

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