Estos son los trabajadores que pueden pensionarse con menos de la edad mínima, según decreto 2090
La norma establece los tipos de trabajos considerados de alto riesgo que cumplen con las condiciones para pedir su jubilación por vejez.
Lograr la pensión por vejez es una de las metas personales que tienen millones de empleados y trabajadores independientes que esperan retirarse profesionalmente algún día. Para ser beneficiario de este derecho adquirido hay que tener al menos 1.300 semanas en el sistema pensional y contar con la edad mínima. Este último factor corresponde a 57 años en las mujeres y 62 en los hombres, en la actualidad.
Sin embargo, existe una serie de excepciones con respecto a trabajadores que pueden solicitar la jubilación de manera anticipada a la mayoría de los casos. Se trata de la pensión especial de vejez por alto riesgo, un tipo de jubilación que aplica para quienes están vinculados en sectores riesgosos aprobados por la ley.
La legislación nacional estableció este beneficio detallado para aquellos profesionales que durante su trabajo pueden sufrir una afectación más acelerada en su capacidad física o mental. Cabe reseñar que en este caso no se afecta el monto de la pensión del cotizante, sino que tiene autorización para jubilarse antes al común de la población.
¿Quiénes se pueden pensionar con menos edad por alto riesgo?
El decreto 2090 de 2003 estableció una lista especial de los trabajadores que por su actividad profesional tienen un riesgo elevado en su salud. De acuerdo con el artículo 2 del documento señalado, los casos en los que se puede jubilación de este tipo son:
- Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
- Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud de salud ocupacional.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
- Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.
- En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.
- En los Cuerpos de Bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios.
- En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, la actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor.

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En estos casos explicados, los trabajadores pueden solicitar a Colpensiones su retiro con 55 años de edad. Para hacer la petición al fondo pensional es importante haber registrado el numero mínimo de semanas en el Sistema General de Pensiones. Según el fondo público pensional, al menos 700 semanas de aportes deben ser de cotización especial.
Por cada 60 semanas de cotización especial se reduce un año para pedir este reconocimiento de pensión, como lo indica el artículo 4. “La edad para el reconocimiento especial de vejez se disminuirá en un (1) año por cada (60) semanas de cotización especial, adicionales a las mínimas requeridas en el Sistema General de Pensiones, sin que dicha edad pueda ser inferior a cincuenta (50) años”, explica la norma.