Cesantías

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¿Cuál es la fecha límite para el pago de los intereses de las cesantías?

Se acerca la fecha límite para el reconocimiento económico de esta prestación social.

jcarreno
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Para los trabajadores formales de Colombia existe una prestación social que se paga en la cuenta de nómina y también el depósito que se hace en su cuenta de la administradora de fondo de pensiones. Esta prestación son los intereses de las cesantías, reguladas por la ley 52 de 1975 y que consiste básicamente en el interés anual sobre el valor de las cesantías acumuladas. El porcentaje es del 12%.

Este porcentaje de dinero se paga en el primer mes del año siguiente al cual se liquida, es decir, que en este mes se pagan los intereses de las cesantías del año 2025.

Es importante señalar que estos intereses los reciben a aquellos trabajadores vinculados con un contrato laboral que puede ser fijo, indefinido u obra labor. Además, también tienen derecho a esta prestación los empleados de servicio doméstico, empleados públicos y también los conductores familiares. Como se mencionó anteriormente, este pago lo recibe directamente el trabajador.

De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, la fórmula para calcular los intereses de las cesantías es la siguiente: cesantías X los días trabajados en el año X 0,12 dividido en 360. Si el contrato finaliza antes, el empleador también deberá realizar el cálculo para cancelar los intereses de las cesantías.

Además, la cartera de trabajo asegura que: “Si al término de la relación laboral existieren saldos de cesantía a favor del trabajador que no hayan sido entregados al Fondo, el empleador se los pagará directamente con los intereses legales respectivos”.

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¿Cómo consultar el saldo en su fondo de cesantías? Link de consulta y paso a paso

¿Hasta cuándo hay plazo de pagar los intereses de las cesantías?

 

De acuerdo con la ley, el plazo máximo que tienen los empleadores para cancelar los intereses de las cesantías es el 31 de enero. Ojo porque en caso de no pagar esta prestación a tiempo, puede entrar a pagar una sanción moratoria que incluye el doble del valor de los intereses, es decir, un 24%.

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