Casos retiro cesantías

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Estos son los casos en los que puede retirar sus cesantías ¿Cumple con los requisitos?

A mediados de febrero se cumple el plazo para que los empleadores depositen esta prestación en los fondos respectivos de sus trabajadores.

jriano
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Enero es una etapa especial del año para muchas personas en la que coincide el regreso a los trabajos, el inicio de clases y otras obligaciones. También es una época en la que varios están pendientes por el pago de las cesantías y sus respectivos intereses en el fondo al cual está afiliado cada empleado. La fecha límite para el pago de los intereses es el 31 de enero, mientras que para la prestación social es el 14 de enero que cae un día sábado en 2026.

Es preciso recordar que el valor de este dinero corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional al tiempo de trabajo que lleva vinculado. Si bien esta es una reserva que tiene derecho un trabajador con contrato formal, no puede usarlo en todos los usos que desee.

La ley nacional contempla una serie de casos en los que un empleado puede sacar los recursos de su fondo para emplearlos en el destino que desee. A pesar de que es un derecho constitucional, hay unas condiciones que no permiten retirar este monto ante cualquier deseo de una persona.

¿En qué casos se puede retirar las cesantías?

La legislación colombiana establece una lista de cinco casos en los que se pueden sacar las cesantías de su respectivo fondo. Debido a que este monto no se puede sacar de manera arbitraria, los motivos en los que está permitido sacar las cesantías son:

  • Terminación del contrato: Cuando concluye un vínculo laboral por despido, renuncia o finalización del acuerdo, el trabajador puede sacar sus ahorros. Esto para que pueda cubrir sus gastos de manutención mientras encuentra una nueva opción.
  • Compra o remodelación de vivienda: En el caso de que una persona esté en el proceso de adquisición o arreglo de su casa o apartamento. De esta manera, puede emplear sus reservas en compra, construcción, ampliación, reparación y mejora del inmueble que sea de su propiedad o de su cónyuge.

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  • Educación superior: Para pagar o financiar la carrera técnica, tecnológica o universitaria del empleado, cónyuge o sus hijos. Se puede cubrir créditos con el ICETEX o seguros de educación.
  • Servicio militar: En el caso de que un empleado vaya a prestar servicio militar, puede solicitar el retiro de sus cesantías para que este dinero funcione para mantener los gastos de sus familiares.
  • La última opción corresponde cuando un empleado presente la reducción de sus ingresos mensuales. En esta situación, puede pedir retiros parciales.