
¿Por qué en Colombia los militares no pueden votar y los presidiarios sí? Esto dice la ley
A pesar de que los integrantes de las Fuerzas Militares defienden la soberanía del país, no se les permite ejercer el derecho al voto.
La Constitución Política de Colombia establece como derecho fundamental ejercer el voto para los ciudadanos que hayan nacido en territorio colombiano y tengan la mayoría de edad. Entendiendo que los ciudadanos extranjeros que hayan obtenido nacionalidad colombiana también podrán sufragar.
El próximo 31 de mayo de 2026 se llevará a cabo la primera vuelta presidencial donde, según la Registraduría, más de 40 millones de colombianos están habilitados para salir a las urnas y ejercer su derecho al voto.
No obstante, hay otros colombianos y colombianas que, por su condición u oficio, tendrán restricción para ejercer el derecho al voto. Por ejemplo, los miembros de la Fuerza Pública. De acuerdo con la Registraduría, “El artículo 48 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 establece que los miembros de la Fuerza Pública que se encuentren en servicio activo quedarán excluidos del censo electoral, lo cual les impide sufragar hasta el momento de su retiro y el respectivo reporte ante la Registraduría Nacional del Estado Civil”. Esto incluye: Policía, Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacional.
¿Por qué no pueden votar los miembros de la Fuerza Pública?
El artículo 219 de la Constitución Política establece que los miembros de la Fuerza Pública no tienen poder deliberante, es decir, no pueden discutir ni debatir decisiones políticas. Set trata de una forma de garantizar su naturaleza neutral y profesional, que a su vez busca evitar una influencia política en sus decisiones.
¿Por qué los presidiarios pueden votar?
En contraste, las personas que están sindicadas y privadas de su libertad no pierden sus derechos políticos. No obstante, cabe aclarar que no todos los presos pueden votar. Según explica la Registraduría: “En los comicios, no pueden votar quienes tienen sentencias ejecutoriadas, pero sí los sindicados que tienen inscrita su cédula en el respectivo centro penitenciario”.