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¿Qué empleados no pueden ser despedidos de sus trabajos en Colombia? Esto dice la ley

La legislación nacional establece las condiciones y casos en las que un trabajador no puede ser retirado injustificadamente de su empleo.

El mercado formal de trabajo está compuesto por millones de empleados que laboran en diferentes industrias y sectores productivos. La ley colombiana cuenta con normativas estables y robustas que permiten que los trabajadores tengan condiciones dignas para poder desarrollar sus funciones.

Uno de estos casos tiene que ver con la protección de las personas que no pueden ser despedidas o retiradas de sus trabajos. En algunos casos de compañías hay casos de personas que son despedidos de manera injustificada, que llegan a ser considerados salidas discriminatorias.

Ante tal situación, existen normas y leyes que protegen al empleador en circunstancias en las cuales sus derechos se ven vulnerados. De esta manera, se establecen conductos regulares y normativas que deben cumplir tanto empleadores como los mismos trabajadores en sus respectivos cargos.

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¿Qué empleados no pueden ser despedidos de sus trabajos en Colombia?

En la actualidad existen seis casos en específico por los cuales no es posible que un empleado salga de la nómina en la que pertenece. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, las circunstancias por las cuales la ley impide que un empleador no pueda sacar a un trabajador son:

  • Mujeres en estado de embarazo y lactancia: Este fuero protege a quienes están en la espera de un bebé. El periodo de protección de este grupo está vigente hasta que el menor de edad cumpla dos años, siempre que la madre se mantenga amamantando.
  • Personas con discapacidad o con afectaciones delicadas de salud: Empleados que presenten condición de discapacidad la cual afecte la realización de sus funciones. No pueden ser retirados a menos que se evalúe o realice una causa justa u objetiva que autorice el Estado.
  • Trabajadores con fuero sindical: Personas pertenecientes a sindicatos o que tengan representación gremial.
  • Madres o padres cabeza de familia: Debido a que cuentan como el único soporte económico de un hogar compuesto por hijos menores de edad.
  • Empleados prepensionados: Cubre a empleados que estén a menos de tres años de cumplir su edad de jubilación, así ya posean las semanas mínimas de cotización.
  • Trabajadores diagnosticados con ansiedad o depresión: Quienes posean un diagnóstico de ansiedad o depresión no pueden ser despedidos sin permiso del Ministerio de trabajo.

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