¿Quiénes deben actualizar el RUT en 2026? Hágalo a tiempo para evitar multas de la DIAN
Tanto personas naturales como jurídicas deben tener el Registro Único Tributario vigente para realizar trámites comerciales con normalidad.
En Colombia hay miles de personas y empresas que deben tener dentro de su constitución legal el Registro Único Tributario (RUT). Este es un documento y certificación que expide la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y con el cual se identifica y clasifica a quienes tienen que cumplir con responsabilidades tributarias.
No solo es importante para la facturación electrónica para reportar compras o transferencias, sino que también funciona para otros trámites como la declaración de renta. Este documento no tiene una fecha indefinida de vigencia, aunque debe ser actualizado renovado, especialmente en algunos datos.
Esto hace parte de las responsabilidades que tienen millones de contribuyentes inscritos en las bases de datos del ente fiscal. Quienes no realicen este proceso se arriesgan a tener multas y castigos especialmente de tipo económico.
¿Quiénes deben actualizar el RUT en 2026?
- Nuevos responsables de IVA: Aquellos ciudadanos que hayan registrado ingresos brutos superiores de 3.500 UVT. Este valor equivale a $183.309.000 pesos, ya que el valor de la UVT en 2026 quedó en $52.374. Adicionalmente, tienen que cambiar su código de identificación para empzar a operar con factura electrónica.
- Cambio de actividad económica: En el caso de quienes trabajen como empleados o independientes y decidan abrir un establecimiento comercial. Aquí es importante tener presente los códigos del sistema Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
- Datos de contacto y ubicación: Si cambió el lugar de su residencia, su número de celular o correo electrónico deben colocarlo por el actual. Esto para que reciban notificaciones judiciales y administrativas y respondan u operen a tiempo.
- Contratistas del Estado: Principalmente a quienes firmen nuevos contratos o renueven acuerdos comerciales para verificar sus responsabilidades fiscales.
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Sanciones por no actualizar el RUT
El Estatuto Tributario señala que quienes no informen a tiempo los cambios de información o no actualicen este documento, se arriesgan a sanciones duras y severas. Los castigos por la desactualización del RUT son:
- Sanción mínima: $524.000.
- No actualizar la dirección o actividad: cobro de 2 UVT por cada día de retraso: $104.748.
- Otras actualizaciones omitidas: cobro de 1 UVT por cada día de retraso: $52.374.