
Entre tanto, es importante recordar que los trabajadores domésticos como empleadas de servicio, choferes y administradores de fincas o haciendas, entre otros, también tienen derecho a que les paguen la prima de servicios, por lo que los empleadores particulares deben sacar calculadora para liquidar y pagar esta prestación.
Sobre esto se refiere la ley 1788 de 2016, la cual establece que: “se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.
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Para liquidar la prima de servicios normalmente se multiplican los días laborados por el salario base y el resultado es dividido entre 360. Ahora bien, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, para el caso de una persona que labora por días en un hogar la fórmula es la siguiente: debe multiplicar el valor del día trabajado y el número de días trabajados por 4.33 que son las semanas que tiene el mes.
Es decir, si una persona se gana 55 mil pesos diarios y trabaja 3 días a la semana, las operación es 3 X 4.33 X 55.000, lo cual representa un sueldo mensual de $714.450 que, a su vez se divide en dos pagos de primas.