En Colombia el parque automotor lo componen mayoritariamente las motocicletas, estos vehículos que se han convertido una de las principales alternativas y medios de transporte en las ciudades grandes, intermedias y municipios de Colombia. Su economía y practicidad hacen que este vehículo se convierta en un elemento esencial no solo en hogares que tienen el poder adquisitivo para comprarlas sino también en los hogares donde es la herramienta principal de trabajo.
La motocicleta es utilizada en oficios como domiciliario y transporte de pasajeros por medio de plataformas digitales. No pagan peajes en las vías nacionales y tampoco tienen pico y placa, por lo que representa una gran opción que no posee ningún tipo de restricción en materia de movilidad.
Si bien las motos son los vehículos más utilizados en el país, pues representan el 62% del parque automotor con más de 12 millones de motocicletas registradas según el RUNT, también son el vehículo que más se ve involucrado en accidentes de tránsito y especialmente en siniestros con fatalidad.
De otro lado, las motocicletas también regirse a los parámetros o normas de la ley 769 de 2002, la cual dio origen al Código Nacional de Tránsito. Los motociclistas también tienen obligaciones en la vía como el hecho de no parquear en zonas prohibidas. Si lo hacen, se exponen a un comparendo y a otras sanciones que se indican en la ley.
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Hay zonas de la vía en que está prohibido parquear. Lugares que tienen la debida señalización reglamentaria. Entre ellas, la de prohibido estacionar o parquear que es circular con una P negra tachada con una línea diagonal roja. Otras zonas prohibidas para parquear son: vías principales, arteriales, andenes, zonas verdes, curvas, zonas donde se obstruya la salida la salida de otros vehículos, zona férrea, entre otros.
Si su moto es sorprendida estacionada en alguno de los lugares anteriores, un agente de tránsito podrá imponerle un comparendo que corresponde a la infracción C02: “Estacionar un vehículo en sitios prohibidos”. Para 2025, esta tiene un costo de $604.054. Además, la autoridad de tránsito podrá inmovilizar el vehículo, por lo que también deberá costear gastos de grúa y patios.
El servicio de grúa para motos cuesta $199.300 y los días en patios tienen tarifas diferentes: día 1 $44.200, día 2 $61.300, día 3 $96.400, del día 4 al día 30 $13.800 y a partir del día 31 en adelante, el día cuesta $1.000. Tenga en cuenta que el cobro es acumulable.
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