Ley seca Bogotá
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Alcaldía de Bogotá anuncia inicio de ley seca desde el viernes 29 de mayo; así regirá la norma

Mediante el decreto 191 de 2926, la administración distrital reglamentó el funcionamiento de esta norma que regirá durante las votaciones.

El domingo 31 de mayo se realizará la primera vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia, escenario en el cual se definirá al próximo mandatario. Desde las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. se habilitarán las diferentes urnas distribuidas en ciudades capitales y miles de municipios del país.

Para que esta jornada electoral se desarrolle en completa paz y armonía, se establecieron diferentes medidas preventivas y reglamentarias que deben cumplir los ciudadanos. Una de ellas tiene que ver con la ley seca, dicho periodo de tiempo en el cual no se puede vender bebidas alcohólicas ni consumir en espacios públicos.

Durante la noche del jueves 28 de mayo, la Alcaldía de Bogotá, anunció los horarios en los cuales regirá esta norma. A través del decreto 191, la administración distrital señaló que la ley de prohibición iniciará formalmente el viernes 29 de mayo en horas de la tarde.

Este es un anuncio importante que deben tener en cuenta tanto los habitantes de la ciudad como los diferentes establecimientos que venden licor. La medida mencionada se establece buscando preservar el orden público en la capital del país y diferentes lugares.

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¿Cómo funcionará la ley seca en Bogotá durante las elecciones presidenciales?

El documento publicado menciona que la ley de prohibición inicia desde el viernes 29 de mayo a las 06:00 p.m. hasta las 12:00 p.m. del día lunes 1 de junio. Gustavo Quintero, secretario de Gobierno de Bogotá, se pronunció en su cuenta de X (anteriormente Twitter) enviando un mensaje de tolerancia, respeto y cumplimiento a esta norma.

“Apelamos a la colaboración y comprensión ciudadana y la invitamos a salir a votar. Esperamos que el domingo Bogotá sea ejemplo de tolerancia, respeto y garantías democráticas”, señaló Quintero.

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Aquellos que infrinjan el cumplimiento de esta norma se exponen al pago de una costosa multa. Dicho comparendo consta de un pago que oscila entre 4 y 32 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). Esto corresponde a un comparendo que va desde $233.454 hasta $1.867.632 pesos en 2026.

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