¿Cómo se resuelve la sucesión de un tío que no tuvo esposa ni hijos? Esto señala la ley
El Código Civil explica cómo se distribuyen los bienes que fueron propiedad del familiar difunto que no registra herederos en primer grado.
Cuando se muere una persona se inicia en primer lugar con las gestiones correspondientes a las honras fúnebres para despedir al fallecido. Posteriormente, sigue la repartición de la herencia, dicho proceso en el cual se distribuyen los bienes que fueron propiedad del fallecido.
En principio, se tienen en cuenta a los familiares en primer grado, es decir, la pareja o cónyuge con la que compartió la persona y los hijos que tuvo en vida. Aunque este es el proceso habitual, hay casos en los que una persona que murió no tuvo esposa o descendientes de este tipo, sino que quedaron otros familiares.
Cuando sucede esta situación, la ley contempla una manera para resolver la distribución y entrega de los bienes a quienes tienen derecho de reclamarlos. En este proceso se tiene en cuenta propiedades inmuebles como edificios, vehículos, dinero en cuentas bancarias, títulos valor u otro tipo de objetos.
¿Quién se queda con la herencia de una persona que no tuvo cónyuge ni hijos?
En el escenario en que una persona fallecida no haya tenido ni hijos ni compañero permanente, la ley establece que prosigue la siguiente línea de sucesión. Este nivel tiene que ver con los padres de esta persona, quienes tienen derecho de reclamar los bienes.
Si no existe un padre que pueda tomar la propiedad de los objetos, quienes siguen en la sucesión son los hermanos. Así lo señala el artículo 1047 del Código Civil, explicando que la herencia se divide entre la cantidad de hermanos y el cónyuge en partes iguales.

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“Si el difunto no deja descendientes ni ascendientes, ni hijos adoptivos, ni padres adoptantes, le sucederán sus hermanos y su cónyuge. La herencia se divide la mitad para éste y la otra mitad para aquéllos por partes iguales. A falta de cónyuge, llevarán la herencia los hermanos, y a falta de éstos aquél”, señala la norma.
Para que los sobrinos puedan tener la autorización de reclamar una sucesión hay que cumplir múltiples condiciones. Si no existen descendientes previos, estas personas reciben el llamado para reclamar la herencia, al efectuarse el orden sucesoral.