Revelan las fases del proceso de embargo de vehículo en Colombia: ¿Cómo procede la orden?
Recuerde que si no paga las deudas su vehículo puede ser rematado. Entérese aquí de los detalles.
¿Tiene usted vehículo? Esta información es clave, pues debe saber que pueden embargárselo en cualquier momento.
Eso sí, si se dio alguna de estas situaciones: por tener multas de tránsito sin pagar, saldos pendientes, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad.
¿Qué fases tiene el proceso de embargo?
El proceso de embargo de un vehículo en Colombia consta de cuatro fases legales, así:
- Embargo: El juez o la autoridad competente emite una orden que se registra en el RUNT y lo bloquea, lo que impide su venta o traspaso. En este punto aún puede circular.
- Aprehensión: Se detiene el vehículo en vía pública y se lleva a patios. Los únicos autorizados son agentes de tránsito o Policía.
- Secuestro: El vehículo es puesto bajo custodia de un auxiliar de la justicia y se realiza su avalúo comercial.
- Remate: Si el deudor no paga la obligación, el vehículo se subasta públicamente.
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¿Cómo solicitar el desembargo?

Finalmente, en su página web la Secretaría Distrital de Movilidad señala que el trámite de desembargo ante la oficina de tránsito o de registro correspondiente se surte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar.
No obstante, “si prefiere adelantar el proceso o contar con un soporte adicional, podrá presentar solicitud de desembargo de manera presencial en los puntos de correspondencia de la Secretaría, o virtualmente mediante el formulario de radicación de correspondencia disponible en la página web institucional”.
En este sentido, debe diligenciar el formato sugerido por la entidad, que puede encontrar en este link.