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Crédito: Colprensa

Sanción por no presentarse como jurado de votación el 8 de marzo: son hasta 10 SMLV

Si es elegido jurado de votación y no se presenta, puede ser objeto de una cuantiosa multa. Le contamos de cuánto sería.

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Este 8 de marzo los colombianos vuelven a acudir a las urnas para elegir a los representantes y senadores que conformarán el Congreso de la República en el periodo 2026- 2030. En estas elecciones legislativas y según cifras de la Registraduría Nacional, alrededor de 41 millones de colombianos están aptos para ejercer su derecho al voto. Recordemos que, además, es un deber ciudadano que permite la participación en democracia.

Cada vez que hay una elección en el país cobra relevancia el rol del jurado de votación, el cual es elegido o elegida para hacer control, seguimiento y preconteo en las diferentes mesas de votación. Al ser elegido jurado de votación, el ciudadano cuenta con la obligación para asistir a la jornada electoral y cumplir con el deber.

“El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva”, explica el artículo 105 del código electoral.

Cabe recordar que en los jurados de votación existen tres cargos diferentes: vocal, vicepresidente y presidente.

 

 

¿Cuáles son las funciones del jurado de votación?

 

Según la Registraduría, estas son las principales funciones de los jurados de votación:

  • El presidente de la mesa recibe el documento de identidad de los ciudadanos y lo verifica en el formulario E-10.
  • El vicepresidente registra a cada elector en el formulario E-11.
  • El vocal entrega la tarjeta electoral al sufragante.
  • Los otros tres jurados son suplentes que deberán estar pendientes de vigilar la urna, ayudar al sufragante en caso de que sea necesario, y entregar el certificado electoral.

 

¿Cuál es el horario del jurado de votación y quién los capacita?

 

En los 1.102 municipios de Colombia los jurados de votación se capacitan a través de charlas organizadas y programadas por la Registraduría. Estas duran en promedio dos horas y son programadas con antelación. El día de la jornada electoral deben presentarse por tarde a las 7:30 de la mañana en la maesa asignada y únicamente se podrán retirar cuando finalice el conteo de votos y se llenen los respectivos formatos.

 

¿Dónde se puede consultar si fue designado jurado de votación?

 

No es una excusa asistir a la jornada o cumplir con el deber del jurado de votación si no fue notificado, pues usted puede consultar a través de la página de la Registraduría si fue designado únicamente digitando su número de cédula dando clic aquí.

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¿Qué pasa si no asiste a la jornada?

 

En caso de no asistir debe justificar su asistencia con un soporte que ya sea por incapacidad médica o calamidad doméstica. “Las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos. De no serlo, les corresponderá una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes”, indica la Registraduría.

Es decir, la multa podría superar los $17.5 millones.

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