Los trabajadores en Colombia tienen algunos beneficios y prestaciones sociales que están amparados por el Ministerio de Trabajo. Uno de ellos es el Día de la Familia, el cual fue establecido por la ley 1857 de 2017, y permite a los empleados difrutar de dos días al año para que disfruten con sus familiares.
“Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia”, expresa el artículo 5A de la Ley mencionada.
Estas jornadas solicitadas por el tabajador no tienen por qué afectar el sueldo que normalmente reciben cada mes. Sin embargo, surgen varias dudas al respecto que muchos se plantean al momento de solicitar este corto receso a sus empresas o empleadores.
Justamente, una de esas incógnitas pertinentes es sobre cuál es el tiempo mínimo que debe durar un empleado laborando para acceder a este beneficio. Esto sucede porque algunas personas llegan a considerar que no han cumplido un tiempo mínimo o prudente desde que firmaron contrato, y por lo tanto no lo solicitan. Ante esta coyuntura, el Ministerio de Trabajo aclara este y otros cuestionamientos en torno a este beneficio.
En su panel de ‘preguntas frecuentes’, el Ministerio responde y esclarece este y otros interrogantes. Con respecto a si un trabajador debe cumplir un tiempo mínimo dentro de su trabajo para solicitar el Día de la Familia, la entidad pública responde lo siguiente:
“Todos los trabajadores sin importar su antigüedad tendrán derecho a disfrutar de la jornada semestral del día de la familia”, indica la cartera.
Le recomendamos: Sisbén 2025: ¿cómo verificar si es madre cabeza de familia? Lista de beneficios
Esto quiere decir que sin importar que un trabajador lleve dos meses o un año, por mencionar un ejemplo, tiene derecho a este beneficio. Claro está mencionar que los empleados no pueden solicitar la jornada, si la empresa en la que trabajan ya hizo la transición directa de 48 a 42 horas semanales de trabajo. En este caso, la “ley exonera al empleador de dar aplicación” a esta jornada.
La razón de esta determinación se debe a la Ley Ley 2101 de 2021, que disminuye reduce paulatinamente el tiempos de la jornada laboral en el país, sin perjudicar las condiciones de los empleados a nivel nacional. Esta legislación tiene como objetivo reducir “la jornada máxima laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos”.
MÁS SOBRE:
© CARACOL S.A. Todos los derechos reservados.
CARACOL S.A. realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados.