Alternativas pensión
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¿Cumplió la edad de pensión, pero no tiene las semanas mínimas? Estas son las alternativas que tiene

Existen diferentes altenativas si usted ya cumplió la edad mínima legal pero no cumple con el requisito de los aportes pensionales.

En Colombia hay millones de personas que mensualmente hacen sus aportes a pensión en el fondo pensional al que están vinculados. Ya sea por medio de su empleador o de manera voluntaria como trabajador independiente, la acumulación de las semanas le permitirá jubilarse cuando cumpla los requisitos ordenados por la ley colombiana.

Actualmente, para solicitar la pensión por vejez, es necesario cumplir la edad de pensión (al menos 57 años en mujeres y 62 años en hombres) y acreditar los aportes mínimos. La ley colombiana señala que se necesitan por lo menos 1.300 semanas acumuladas en su historia laboral para pedir su pensión vitalicia ante la entidad en la que se encuentra afiliado.

Muchos logran reunir estos requerimientos, aunque hay otros que tienen un obstáculo, el cual tiene que ver con sus aportes pensionales. Hay personas que alcanzaron la edad, pero que no completaron las semanas, ya que, por desempleo u otras razones, no pueden seguir aportando a seguridad social..

En vista de esta situación, en la Ley 2381 de 2024, también conocida como la reforma pensional, se aprobó la disminución paulatina de semanas mínimas para mujeres. Consiste en un mecanismo que tiene como objetivo disminuir la meta mínima de aportes para mujeres hasta llegar a 1.000 en 2036.

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Con esta medida se busca beneficiar a muchas mujeres que no logran asegurar su pensión por diversos obstáculos. Sin embargo, existen otros mecanismos que cobijan a los hombres para que puedan apelar a otras opciones si no alcanzaron a reunir las condiciones que demanda la legislación nacional.

Alternativas para las pensiones que no alcanzaron a pensionarse

Colpensiones señala que existen tres mecanismos posibles para contar con una renta o incentivo disponible con el cual cubrir sus gastos en caso de no poder trabajar más. El primero es la pensión familiar, que consiste en la suma de las semanas cotizadas entre dos cónyuges o compañeros permanentes que no alcanzaron a pensionarse. Con la acumulación de los aportes podrán “acceder al reconocimiento y compartir la prestación económica que se les reconozca”.

En segundo lugar está la afiliación al programa de Beneficio Económico Periódico (BEPS). Este mecanismo consiste en el ahorro voluntario de los usuarios de acuerdo a su poder adquisitivo y sus posibilidades de ahorro. Aquellos que tengan aportes acumulados pueden solicitar el traslado a este programa y aprovechar un subsidio gubernamental del 20% sobre el dinero ahorrado.

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Por último, usted puede apelar a la indemnización sustitutiva, que consiste en la devolución total de los aportes realizados a la entidad. Como lo explica el fondo público, es una opción que permite a los usuarios contar con el dinero que acumularon para que tengan la potestad de decidir qué hacer con estos recursos. Es una alternativa por la que puede optar si cumplió la edad, no alcanzó las semanas exigidas y no tiene la posibilidad de seguir cotizando.

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