Incapacidad laboral 30 días
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Incapacidad de 30 o más días: ¿quién paga el SALARIO? Días que cubre la EPS

Si usted recibe una orden médica en la que no puede trabajar, existe un debido proceso para garantizarle la remuneración de su salario.

Dentro de las empresas es posible que los empleados tengan accidentes de trabajo mientras ejercen sus funciones dentro de su horario. Sucesos repentinos como caídas, falta de señalización, herramientas defectuosas o lugares de trabajo en mal estado pueden generar esta situación. Después de revisar la gravedad de las heridas y la condición médica, el médico tratante emite una incapacidad.

Esta orden señala el periodo de tiempo en el que una persona debe guardar reposo hasta recuperarse al 100%. De igual manera, el documento debe mencionar datos personales del paciente, así como eventual causa de la incapacidad y el diagnóstico.

Mientras transcurre el periodo de imposibilidad física para realizar una tarea, la persona afectada tiene garantizada su remuneración mensual. Esto como una medida para asegurar el flujo de ingresos a los trabajadores y su familia para cubrir gastos esenciales como vivienda, comida, salud, alimentos.

¿Quién paga el salario en una incapacidad de 30 días?

El Ministerio de Justicia explica en su herramienta digital LegalApp la manera en la que se deben pagar las incapacidades a una persona. La entidad nacional señala que para las incapacidades de origen común el empleador asume el pago del salario de su trabajador durante los primeros dos días. A partir del tercer día, quien debe correr con estos gastos es la EPS en la que está afiliado el paciente.

La entidad de salud garantiza al afiliado el equivalente a dos terceras partes del sueldo, es decir, el 66,66% hasta el día 90. “Los primeros dos días los debe pagar directamente la empresa, después del tercer día las paga la EPS y serán del 66.66% del salario hasta los 90 días de incapacidad”, señala el Ministerio.

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Entretanto, si la incapacidad es de origen laboral o profesional, quien debe hacer el pago del salario es la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL). En ningún caso, el paciente podrá recibir un monto menor a un salario mínimo legal mensual vigente, el cual es de $1.750.905 pesos en 2026.

“Desde el primer día las debe pagar la Aseguradora de Riesgos Laborales -ARL-, y será del 100% del salario, por 180 días prorrogables por hasta por otro periodo igual si es necesario para su tratamiento o rehabilitación”, agrega MinJusticia.

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