Auxilio para gafas
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¿Para quiénes aplica el auxilio para gafas? Beneficiarios, requisitos y cómo solicitarlo ante la EPS

Para poder acceder a este apoyo es necesario tener una orden médica de un optómetra u oftalmólogo que determine este apoyo visual.

En Colombia hay millones de personas que utilizan gafas formuladas para corregir o tratar problemas de visión que surgen por herencia genética o afecciones en el ojo. Miopía, astigmatismo o hipermetropía son las principales patologías que tienen muchos pacientes en su organismo.

Para solucionar este tipo de enfermedades son necesarios los lentes recetados por un optómetra u oftalmólogo, según corresponda el caso. Aunque existen servicios de salud particulares, por medio de las EPS también es posible encontrar mecanismos de apoyo para corregir o tratar estos problemas.

Uno de estos apoyos es el auxilio para gafas, beneficio al cual se puede acceder mediante el Plan de Beneficios en Salud (PBS), el cual es administrado por las EPS. Cabe mencionar que este mecanismo no funciona como la entrega de un dinero en efectivo, sino que se emite una autorización médica. Esta orden depende del diagnóstico y otros detalles que encuentre el médico tratante.

¿A quiénes aplica el auxilio para las gafas?

  • Pacientes que tengan fórmulas oftalmológicas u optométricas aún vigentes.
  • Personas que hayan sido diagnosticadas por su médico con miopía, astigmatismo, hipermetropía o presbicia.
  • Niños y adultos que tengan problemas de salud visual, los cuales lleguen a afectar su calidad de vida.
  • Pacientes remitidos por medicina general o por oftalmología.
Persona probándose gafas. Imagen: Getty Images

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¿Cómo radicar la solicitud del auxilio para gafas?

  • Agende una cita de medicina general o en optometría directamente con su EPS para que lo valore un médico. Durante el proceso, el profesional evaluará y encontrará si presenta una patología o alteración visual que necesite auxilio.
  • En caso de ser necesario, el paciente será enviado a optometría u oftalmología para tener pruebas más a fondo para establecer puntualmente el problema visual y determinar si es necesaria la formulación de gafas.
  • Después de este proceso, el médico expedirá una fórmula al paciente con la cual podrá radicar esta solicitud ante la EPS en la que está afiliado.
  • Acérquese al lugar determinado de su EPS para presentar la fórmula médica, como los siguientes documentos que generalmente se solicitan:
    • Copia de la cédula.
    • Fórmula médica vigente.
    • Historia clínica o soporte del diagnóstico.
    • Orden médica autorizada.
  • Después de completar la respectiva solicitud, la entidad prestadora de salud evaluará el caso y emitirá una respuesta determinada. En caso de ser aprobada, el personal le indicará las instrucciones respectivas para que pueda solicitar el servicio y reclamar sus gafas en los proveedores autorizados. Si su petición fue rechazada, puede presentar un recurso de reposición para que vuelvan a valorar el caso y buscar que le otorguen este auxilio a la salud.

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