
¿Qué trabajadores no tienen derecho a recibir el pago de la prima de junio? Esto dice la ley
A más tardar el martes 30 de junio del presente año, los empleadores tienen plazo para efectuar el pago de esta prestación social a sus trabajadores.
Para el sexto mes del año, millones de trabajadores en Colombia recibirán dinero adicional a su sueldo habitual, el cual corresponde a la prima de servicios. Esta prestación social hace parte de los derechos amparados en la ley que obtienen aquellas personas vinculadas a una empresa mediante un contrato formal.
El valor de este incentivo corresponde a un mes de sueldo por cada año laborado o proporcional al tiempo que lleva una persona trabajando con su compañía actual. Con este dinero es posible pagar deudas, hacer algún tipo de inversión, comprar artículos necesarios para el hogar, reservar viajes, entre otras cosas.
Como lo señala el Código Sustantivo del Trabajo, dicha cantidad de dinero se efectúa en dos momentos del año. La primera parte de este pago se debe hacer a más tardar el 30 de junio de cada año y la segunda durante los 20 días del mes de diciembre. Dependiendo de cada empresa, algunas hacen la entrega a sus empleados en la quincena, mientras que otras pagan todo a final de mes.
En el comprobante de pago se ve reflejado tanto el salario como el valor de la prima y el respectivo descuento de seguridad social que indica la ley. Si bien hay muchas personas que reciben dicho dinero, cabe mencionar que no todos pueden recibir este incentivo.
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¿Quiénes no tienen derecho al pago de la prima?
- Empleados contratados por contrato de prestación de servicio. Esto debido a que este tipo de vinculación no está regulada y no se garantizan estos derechos a estas personas.
- Empleados temporales o independientes. Ya que su contratación se considera un vínculo más comercial que laboral.
- Personas con salario integral. No se les garantiza el pago de esta prestación social, ya que esta contratación incluye prestaciones legales y extralegales dentro de su remuneración mensual.
- Trabajadores informales, ya que si no están ligados mediante contrato formal no reciben pueden recibir dicha prestación social.
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¿Cómo se calcula el valor de la prima?
Para conocer la cifra que le corresponde del pago de la prima hay que sumar el valor de su sueldo con el auxilio de transporte. Multiplique este resultado por los días trabajados que lleva en la empresa en la que trabaja. Por último, divida este número entre 360 para ver el dinero total que debe recibir de la prima. A continuación, le mostramos la fórmula para entenderla mejor.
(Salario mensual + auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 360.
Para ilustrar esto con un ejemplo, tomamos el caso de una persona que se gana el salario mínimo y lleva cuatro meses vinculado a su empleador. En esta situación, el valor de su prima es el siguiente:
$1.750.905 + $249.095 = $2.000.000.
$2.000.000 x 120 = $240.000.000.
240.000.000 ÷ 360 = $666.666.
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